Publicado el RD que introduce deducciones en el IRPF para obras de rehabilitación energética
Con fecha 6 de octubre el BOE ha publicado el Real Decreto-ley 19/2021 que pretende impulsar, de nuevo, la rehabilitación edificatoria, centrada en las aquellas actuaciones que mejoren energéticamente los edificios y las viviendas. En esta ocasión las medidas son de tipo fiscal y financiero, e introducen interesantes deducciones en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).
Otro dato a tener en cuenta es que son aplicables, no solo a las viviendas que constituyan el domicilio habitual de la persona que afronta los gatos derivados de las obras, sino que también es posible aplicarse las deducciones cuando los gastos se hagan sobre viviendas que se tienen alquiladas.
Deducciones en el IRPF
- La primera deducción que establece el RD está orientada a viviendas, y permite deducirse el 20% de lo invertido, con una base máxima de 5.000 € anuales. Para ello, debemos conseguir reducir al menos un 7% en la demanda energética (calefacción y refrigeración).
- La segunda deducción que se establece afecta también a las inversiones en viviendas, en este caso el límite de la deducción aumenta hasta un 40%, y eleva la base máxima anual hasta la cantidad de 7.500 €. Para poder aplicar estas deducciones, será necesario demostrar que las obras realizadas reduzcan, al menos, un 30%, el consumo de energía primaria no renovable, o bien mejoren el certificado de eficiencia energética de la vivienda, hasta llegar a una calificación “A” o “B”.
- Finalmente, se establece una tercera deducción, orientada a obras en edificios de uso predominante residencial. Los titulares de cada vivienda que participe en las obras, podrán deducirse un 60% de las cantidades abonadas, hasta un máximo de 15.000 €. Para ello se deberá acreditar que las obras objeto de la deducción, reducen el consumo de energía primaria no renovable en un 30% como mínimo o bien logran mejorar la calificación energética del edificio, situándole en una “A” o “B”.
Otras ayudas
Además de estas deducciones, este Real Decreto, atiende una recurrente reivindicación del sector, estableciendo que no se sumarán a la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas que se concedan en los distintos programas que se irán publicando en materia de rehabilitación residencial.
Por último, se establecen modificaciones en la ley que regula las comunidades de propietarios, con el objeto de simplificar las mayorías para aprobar las obras que mejoren la eficiencia energética del edificio, así como otras, que contribuyen al acceso al crédito para este tipo de personas jurídicas.
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